ADOCCO califica de trascendental la promulgación del Código Penal por el presidente Abinader
Dijo que la nueva ley número 74-25, que instituye el Código Penal de la República Dominicana, fortalece la lucha contra la corrupción administrativa al ampliar los plazos de prescripción.
Controvertida Ley.
Corrupción.
Actualizado: 04 de Agosto, 2025, 08:16 AM
Publicado: 04 de Agosto, 2025, 07:52 AM
Santo Domingo.– ADOCCO calificó de trascendental la promulgación del Código Penal, por parte del presidente Luis Abinader, respondiendo a una necesidad y demanda de la sociedad dominicana, al tiempo de reconocer la valentía de los presidentes del Senado y la Cámara de Diputados, quienes lideraron las discusiones para lograr su aprobación junto a los senadores y diputados.
Dijo que la nueva ley número 74-25, que instituye el Código Penal, fortalece la lucha contra la corrupción administrativa al ampliar los plazos de prescripción, endurecer las sanciones e inhabilitar a los responsables de incurrir en este delito para ocupar cargos públicos, en consonancia con el artículo 146 de la Constitución que proscribe la corrupción.
- Controvertida Ley.
- Corrupción.
"A partir de la entrada en vigencia del nuevo instrumento normativo en agosto del próximo año 2026, la corrupción no será sancionada como un delito, sino como un concierto de delitos".
Sostuvo que la ley promulgada por el Poder Ejecutivo define como corrupción pública cualquier acto en el que un funcionario use su cargo para obtener beneficios económicos, mal utilice bienes públicos o cometa actos ilícitos en el ejercicio de sus funciones.
Más declaraciones:
La corrupción se concibe como un conjunto de delitos que incluyen cohecho, tráfico de influencias, malversación, enriquecimiento ilícito, sobrevaluación, conflicto de intereses y otras irregularidades en contratos y manejo de fondos públicos.
Para el presidente de la organización de la sociedad civil, Julio César De la Rosa Tiburcio, el nuevo Código Penal, contribuirá significativamente a la sanción de funcionarios que no se apeguen a los preceptos de ética, probidad e integridad.
"Convirtiéndose al mismo tiempo en un instrumento de prevención, al contemplar sanciones para funcionarios que incurran en peculado de uso, una práctica recurrente en la administración pública, cuando son cedidos en calidad de préstamos a particulares de equipos propiedad del Estado.
Por primera vez tenemos un Código Penal que pone frente a la corrupción, dedicándole un título, capítulo, secciones y subsecciones, contentivo de 25 artículos, parte de ellos con uno y dos párrafos, destacándose el último, que se refiere a la prescripción de los crímenes de corrupción, "Articulo 308." Prescriptibilidad
