Nuevo Código Penal dominicano establece penas por carreras ilegales en motor

El nuevo código refuerza la legalidad y protección ciudadana

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Carrera de motores ilegales

Carrera de motores ilegales

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Santo Domingo.– Con la promulgación del nuevo Código Penal de la República Dominicana, contenido en la Ley Orgánica que instituye el Código Penal, se incorporan medidas punitivas más severas y sanciones complementarias destinadas a fortalecer la legalidad, proteger a los ciudadanos y regular el accionar de las autoridades.

Una de las disposiciones más relevantes figura en el Artículo 113, que penaliza con rigor la participación en carreras ilegales o acrobacias no autorizadas con vehículos de motor. La norma establece que:

  • Si estas prácticas provocan la muerte de una o más personas, la sanción será de diez a veinte años de prisión mayor, más una multa de veinte a treinta salarios mínimos del sector público.

    Si ocasionan mutilaciones o incapacidades permanentes, la pena será de cinco a diez años de prisión mayor, con multa de diez a veinte salarios mínimos.

    En caso de causar golpes o heridas, la sanción será de dos a tres años de prisión menor y multa de nueve a quince salarios mínimos.

 Abusos de autoridad y sanciones

Además, el Código Penal incluye nuevas garantías frente a abusos de poder por parte de las autoridades.

El nuevo código también contempla penas complementarias, como:

  • La revocación de licencias o títulos públicos habilitantes, cuando estén relacionados con el hecho delictivo.

    La inhabilitación definitiva o temporal (hasta tres años) para conducir vehículos de motor si estos fueron utilizados como medio directo en la comisión de un delito.

En el Artículo 276, se penaliza la revisión injustificada de vehículos de motor por parte de agentes policiales, militares o cualquier funcionario encargado de hacer cumplir la ley.

La disposición indica que:

  • Si se ordena o realiza una revisión fuera de los casos autorizados por la ley, o sin causa probable de una infracción penal, el responsable será sancionado con quince días a un año de prisión menor y multa de uno a dos salarios mínimos del sector público.

    Si durante la revisión se utiliza fuerza injustificada, se causa daño al vehículo o se incurre en intimidación o daño personal, la pena aumentará a uno a dos años de prisión menor y multa de tres a seis salarios mínimos.


Elia Ysabel Pacheco

Elia Ysabel Pacheco

Licenciada en Comunicación Social, mención Periodismo, con una sólida trayectoria en medios digitales e impresos. A lo largo de su carrera, ha desarrollado habilidades destacadas en redacción periodística, producción de contenidos y cobertura de eventos noticiosos, sociales e institucionales. Su experiencia incluye la elaboración de reportajes, notas de prensa, entrevistas y crónicas, con un enfoque ágil y veraz que conecta con diversas audiencias. Además, ha incursionado exitosamente en el ámbito de la comunicación corporativa, gestionando estrategias de relaciones públicas, redacción de discursos y boletines institucionales. También se ha desempeñado como community manager, manejando la presencia digital de marcas y entidades, creando contenido estratégico para redes sociales y fortaleciendo la identidad online de diversas cuentas de medios en las redes sociales.

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